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Empresa minera de Soacha, recibirá sanción

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la sanción impuesta por la CAR Cundinamarca, a la firma Invercot S.A.S., por realizar actividades de extracción de material de construcción, sin el debido permiso ambiental, en predios aledaños a la Ciudadela Sucre, del municipio de Soacha.

En marzo de 2013 la CAR impuso la medida preventiva de suspensión de actividades, pero en visitas posteriores, la Corporación evidenció el incumplimiento de la medida, por lo que formuló cargos a los presuntos infractores, quienes presentaron los descargos respectivos. Agotadas todas las etapas del procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009, la autoridad ambiental a través de la Resolución 2691 del 16 de diciembre de 2016, declaró responsable a la sociedad, a la que le fue impuesta una multa de 7.000 millones de pesos y se le ordenó el cumplimiento de una serie de medidas compensatorias, a través de la ejecución de un plan de trabajo para la reconformación y rehabilitación paisajística y ambiental de las zonas afectadas con las infracciones ambientales cometidas.

Sin embargo, a través de una demanda, los representantes de la sociedad pretendían suspender los efectos jurídicos de las Resoluciones CAR 2691 de 2016 y 485 de 2019, a través de las cuales la autoridad ambiental imponía y ratificaba la sanción pecuniaria por infringir normas de carácter ambiental. Pero luego del análisis de los argumentos, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó dicha demanda ratificando así la sanción.

“Aunque la complejidad de estos procesos sancionatorios hace que las decisiones tomen tiempo, la normatividad ambiental es clara y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca es estricta en su aplicación; por tal razón reiteramos el llamado a empresas y particulares a cumplir la Ley y evitar este tipo de sanciones”, señaló Juan Camilo Ferrer, director jurídico de la CAR Cundinamarca.

A Invercot S.A.S le fueron decomisadas además diez máquinas, que estaban siendo utilizadas para adelantar estas labores de manera ilegal, las cuales fueron evidenciadas en flagrancia.

Tomada de: CAR