Inicio Cundinamarca AUTORIZAN APROVECHAMIENTO FORESTAL DE ROBLES POR MUERTE Y ENFERMEDADES SANITARIAS

AUTORIZAN APROVECHAMIENTO FORESTAL DE ROBLES POR MUERTE Y ENFERMEDADES SANITARIAS

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La  autorización para el aprovechamiento de 78 individuos de la especie roble, en el predio San Antonio, en la vereda Escobal del municipio de Saboyá, entregada por la CAR Cundinamarca, corresponde a una decisión expedida teniendo en cuenta las condiciones de muerte y enfermedad que presentaban los árboles, los cuales poseían altas afectaciones sanitarias.

La solicitud de aprovechamiento forestal fue presentada en el mes de septiembre del 2018 para 100 árboles, y en octubre se ordenó una visita técnica por parte de los profesionales especializados de la Autoridad Ambiental, quienes lograron determinar que en los árboles adultos el síntoma más evidente de la enfermedad, es la aparición de chancros sobre la corteza del tronco, en esas zonas se observan manchas café oscuras; con afectación del orden sanitario generada por hongos de manera generalizada, provocando la defoliación, pudrición interna y causando la muerte.

“Fue evidente la presencia de individuos arbóreos muertos en pie y la afectación fitosanitaria que sufren la mayoría de árboles de robles. Se hizo el inventario al 100% de los árboles, marcando, georreferenciado cada uno de los individuos y analizando las características sanitarios y dasométricas necesarias para la determinación del permiso de aprovechamiento. Los robles presentan marchitamiento de las hojas en la zona apical (parte final después de las hojas) hasta el peciolo (tallo en el que incrustan las hojas), con una coloración cobriza que cubre la totalidad de las hojas, terminando en una necrosis foliar completa, se puede evidenciar el secado progresivo y la pérdida de cobertura foliar superior al 50%”, reza en el informe técnico efectuado por la Corporación.

En el recorrido se pudo establecer que al menos unos 29 árboles estaban muertos y cerca de 50 enfermos, muchos caídos, sin hojas, infestados de hongos, copas secas, motivo por el cual el aprovechamiento de los mismos no afectaba el ambiente del ecosistema y por el contrario generaban riesgo para las personas que se movilizan por el lugar.

No obstante, la Resolución del INDERENA 316 establece la Veda para el roble, esta misma entidad del orden nacional mediante Resolución INDERENA 96 del 2016, excluye de la veda a aquellos individuos de la especie roble que se encuentren caídos o muertos por causas naturales o por razones de orden sanitario que requieran ser talados, autorización que  emite la Autoridad Ambiental.

De la misma forma, el usuario quien solicitó el aprovechamiento forestal, debe compensar ambientalmente con la siembra de 780 individuos arbóreos de especies nativas, como roble, flor amarillo, sangreado, siete cueros, carbonero rojo, arrayan, mano de oso, higuerón, cucharo, laurel, entre otras especies y proporcionar  mantenimiento de los mismos hasta que alcancen un porte competitivo frente a las demás especies.

Por su parte Guillermo Martínez Director Regional de la CAR en Chiquinquirá indicó que la entidad también recomendó la restricción para realizar quemas a cielo abierto, producción de carbón vegetal y estableció el uso de compostaje y realizara el respectivo seguimiento y control con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones.

Tomado de Prensa CAR