Dando cumplimiento a la Ley 1811 de 2016, donde se establece que los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos o de cualquier otro tipo de generación de energía, solo podrán movilizarse por las vías terrestres de uso público y privadas abiertas al público; en Soacha realizarán operativos exigiendo la circulación de estos vehículos en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad, y deberán contar con los dispositivos adecuados en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica.
Por otra parte, los conductores deberán transitar por el centro del respectivo carril, no podrán circular sobre las aceras o andenes, ciclovías, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas, ni por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.
Además, los conductores y acompañantes deberán transitar portando casco conforme a la reglamentación existente en términos de calidad y durabilidad de cascos para motociclistas, asimismo, después de las 6:00 p.m. y antes de las 6:00 a.m. o cuando las condiciones de visibilidad lo ameriten deberán portar chaleco refractivo, sin excepción.
Fuente: Prensa – Alcaldía de Soacha