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Municipios de Cundinamarca a rendir la cuenta para evitar sanciones

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¡El objetivo es que la Contraloría de Cundinamarca tenga los soportes para hacer seguimiento a la ejecución de los recursos públicos!

La Contraloría de Cundinamarca, por medio de la Resolución 0045 del 28 de enero de 2021 “Por la cual se reglamenta la rendición de la cuenta e informes, su revisión y se dictan otras disposiciones” estableció los diferentes métodos y la forma de rendir la cuenta por parte de las entidades o particulares responsables del manejo de recursos públicos, en su calidad de sujetos vigilados por la Contraloría de Cundinamarca. Estos son datos claves para poder hacer seguimiento al uso de los recursos y la ejecución de las obras en las auditorías que la Contraloría realiza dentro de su jurisdicción.

En esta resolución se establece que la rendición de la cuenta e informes deberán ser cargados de manera electrónica en los aplicativos Sistema Integral de Auditoría SIA OBSERVA y SIA CONTRALORÍAS o los aplicativos que se establezcan para tal fin. En dichos aplicativos se debe presentar la información correspondiente a las actuaciones legales, técnicas, contables, financieras y de gestión que hayan realizado en la administración, así como el manejo y rendimientos de los fondos, bienes y/o recursos públicos.

Es de resaltar que los vigilados deben conocer y dar estricto cumplimiento a la periodicidad y términos para rendir la cuenta, que se encuentran determinados en la resolución de la siguiente manera:

  • Cuenta Mensual

Dando cumplimiento a las disposiciones dadas por la resolución 0045 del 28 de enero de 2021, “la información con periodicidad mensual deberá ser presentada a más tardar el tercer (3) día hábil del mes siguiente al que corresponde la información, en los aplicativos SIA CONTRALORÍA y SIA OBSERVA o el que se establezca para tal fin”

  • Cuenta Mensual de Deuda Pública

La Cuenta de Deuda pública, “deberá ser presentada a más tardar el último día hábil de cada mes, en el aplicativo SIA CONTRALORIAS o el aplicativo que se establezca para tal fin”

  • Cuenta Anual

Para el caso de la cuenta anual, “La información deberá ser presentada hasta el quince (15) de febrero del año siguiente al periodo por rendir. Cuando la fecha de presentación coincida con un día no laborable, el cumplimiento deberá efectuarse el primer día hábil siguiente, en el aplicativo SIA CONTRALORIAS o el aplicativo que se establezca para tal fin.

Es importante mencionar que no rendir la cuenta, rendirla de manera extemporánea a lo establecido o incurrir en inexactitudes, son conductas por las que la Contraloría podrá iniciar procesos sancionatorios a los responsables de obstruir el acceso a la información en los procesos de auditoría con los que está directamente relacionada la rendición.

Cualquier duda o requerimiento puede ser resuelto en nuestra sede electrónica www.contraloria-cundinamarca.gov.co (Inicio > Aplicativos SIA).

Información de: Contraloría de Cundinamarca.