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Se amplía el plazo para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por cuotas del impuesto predial

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La administración Bogotá tomó la decisión de ampliar una semana más el plazo para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) del impuesto predial hasta el próximo martes 8 de junio y así permitir a los contribuyentes tener más tiempo para el beneficio de su conveniencia.

En los últimos reportes, indican que, a la fecha, 60.981 propietarios ya eligieron el pago por cuotas de su impuesto este año, con un número del 4,7% a comparación del año anterior. De ese total, apenas 4,3% corresponden a predios contribuyentes afectados económicamente por la problemática sanitaria de la pandemia.

Los propietarios que estén interesados en pagar su impuesto por cuotas y que aun falten por presentar su declaración inicial, tendrá hasta el próximo 8 de junio para hacerlo, difiriendo su impuesto a cuatro cuotas iguales y sin intereses.

Orlando Valbuena, director de Impuestos de Bogotá, reitera que “Recordamos a los contribuyentes que este beneficio aplica para predios residenciales y no residenciales, e incluye entre estos últimos una nueva categoría para sectores económicos afectados por la emergencia COVID, como hoteles, restaurantes, locales y bares, entre muchos otros”.

Para quienes se inscriban al SPAC normal, que aplica para predios residenciales y no residenciales, a continuación, verá los plazos establecidos:

  • Primera Cuota: miércoles 30 de junio de 2021.
  • Segunda Cuota: martes 31 de agosto de 2021.
  • Tercera Cuota: viernes 29 de octubre de 2021.
  • Cuarta Cuota: lunes 31 de enero de 2022.

Por su parte, la distribución de los vencimientos a contribuyentes inscritos en el pago por afectaciones por culpa de la pandemia, que solo aplica para predios no residenciales, a excepción de lotes, depósitos y garajes, es la siguiente:

  • Primera Cuota: viernes 18 de febrero de 2022.
  • Segunda Cuota: lunes 25 de abril de 2022.
  • Tercera Cuota: viernes 17 de junio de 2022.
  • Cuarta Cuota: viernes 26 de agosto de 2022.

La declaración inicial, que es el requisito más importante para acceder al beneficio, deberá presentar por medio de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, ingresando antes de 8 de junio al portal web de la entidad y seleccionando la opción del beneficio.

Información tomada de: Alcaldía Mayor de Bogotá