En un comunicado oficial, veedores del municipio de Chía realizaron un pronunciamiento sobre los hechos y antecedentes que para ellos “cuestionan su labor de veedores ciudadanos y como grupo de miembros de la sociedad civil”. Por ello, aclararon públicamente algunos puntos de vital importancia que replicamos a continuación:
COMUNICADO OFICIAL
Como ciudadanos de Chía preocupados por la cantidad de torres de conjuntos en altura , aprobándose en Chía Cundinamarca , es el resultado de nuestra labor al de Demandar el POT plan de ordenamiento Chía por que pretendía llenar al municipio de urbanizaciones y conjuntos no solo en áreas de rondas rió frió y Bogotá (planes parciales ) en alturas considerables ; Sin que existiera el mínimo de planificación con los servicios públicos –movilidad –ordenamiento del territorial—infraestructura de salud—vías –colegios y saneamiento básico entre otros factores : Hecho por el cual señor juez primero administrativo de Zipaquirá , previo un daño lesivo para el Municipio de Chía Cundinamarca dejando sin efecto el plan de ordenamiento territorial #POT donde toma medidas cautelares frente ordenamiento del territorio, que se desarrolló sin la debida participación ciudadana , incidencia hecho que el alcalde Leonardo Donoso Ruiz quiere desconocer en sus diferentes declaraciones públicas, que demuestra la falsedad del atraso que habla y del desordenamiento que se podría generar para municipio de Chía.
Por lo cual motivo e intervino el grupo de Veedores y ciudadanos del municipio de Chía con el fin de que se ordenara a Chía de manera adecuada, pidiendo al señor juez su intervención frente a la planificación y al buen uso del suelo de Chía Cundinamarca .
Así mismo es muy importante que el señor personero municipal, Daniel Ayala hubiera advertido a tiempo esta des coordinación del mal llamado POT, como se puede demostrar no existía en Chía.
Como se puede demostrar no existió socialización y concertación frente desarrollo, no deben ser autoritarias estas decisiones acorde a las construcciones urbanizadoras y frente áreas de protección, consolidación al construirse de manera rápida.
Así mismo estaba desconociendo el papel del legislador frente daños ambientales que cada día están causando los señores constructores y constructoras como ha quedado demostrado en la sentencia de Nulidad Simple impartida por el juzgado primero administrativo de Zipaquirá.
El ojo de la vida, la calidad de vida es el ordenamiento general, articulado con la participación ciudadana, como la movilidad y los servicios públicos adecuados en un buen ordenamiento llevo al señor juez a pronunciarse con medida cautelar.
Cordialmente se suscribe, Grupo de veedores ciudadanos, comunidad y sociedad civil en pro de hacer conocer de manera abierta y publica como verdad absoluta de hechos acontecidos en los últimos días Chía Cundinamarca.